LA NORMATIVA QUE PROHIBE LAS CANCELACIONES DE ÚLTIMA HORA EN LA CADENA ALIMENTARIA ENTRA EN VIGOR HOY
Determinadas prácticas desleales en la cadena alimentaria quedan, desde hoy, prohibidas. Entre ellas, las cancelaciones de última hora, los retrasos en los pagos de productos perecederos o los cambios unilaterales o retroactivos de los contratos- Este martes haber entrado en vigor la nueva normativa que las recoge.
Desde hoy, algunas prácticas desleales en la cadena alimentaria -como las cancelaciones de última hora, los retrasos en los pagos de productos perecederos o los cambios unilaterales o retroactivos de los contratos- quedan prohibidas al haber entrado en vigor este martes, la nueva normativa que las ha publicado en el Diario Oficial de la UE la semana pasada.
Las nuevas reglas europeas ponen fin a 16 prácticas comerciales desleales en el bloque comunitario, mientras que otro grupo de ellas sólo se podrán ejecutar si se acuerdan de forma "clara e inequívoca" entre las partes involucradas.
En este segundo grupo se encuentran las devoluciones de artículos no vendidos sin pagarlos, la obligación de que el comprador pague al proveedor para asegurar o mantener un acuerdo de suministro o los pagos por parte de proveedor al comprador a cambio de campañas de publicidad y promoción.
Esta normativa se aplicará a todos los actores de la cadena alimentaria con unos ingresos de al menos 350 millones de ingresos, aunque se imponen diferentes niveles de protección por debajo de ese umbral. Estas medidas afectan a vendedores minoristas, procesadores de alimentos, vendedores mayoristas, cooperativas y organizaciones de productores e incluso a productores individuales.
Sin embargo, la directiva permite a los Estados miembros introducir un mayor enfoque por encima del umbral de 350 millones de euros de ingresos en su legislación nacional o adoptar medidas adicionales si lo desean.
Los socios comunitarios tendrán que crear o designar autoridades nacionales que estarán encargadas de hacer cumplir estas reglas. Estos organismos tendrán que tener la capacidad de imponer sanciones e iniciar investigaciones a raíz de denuncias. La confidencialidad de los denunciantes debe ser garantizada para evitar que se adopten medidas de contrapartida.